DIRECCIÓN DE LOS MUSEOS Y DEL PATRIMONIO CULTURAL
1. La Dirección de los Museos y del Patrimonio Cultural es responsable de la conservación, gestión, puesta en valor y disfrute del conjunto artístico-museístico del Estado y ejerce las competencias hasta ahora encomendadas a la Dirección de Museos.
2. La Dirección comprende las áreas:
a) artístico-científica, que se ocupa de la conservación, restauración, puesta en valor y difusión del conocimiento del patrimonio cultural y artístico del Estado; se ocupa de la investigación científica y de la formación en las áreas de competencia;
b) de gestión-administrativa, que se ocupa de los aspectos organizativos y económicos y de la fruición del patrimonio.
3. La Dirección tutela el patrimonio cultural de la Santa Sede, del Estado de la Ciudad del Vaticano, de los Entes, Administraciones, Organismos e Institutos radicados en el Estado y en los bienes mencionados en los artículos 15 y 16 del Tratado Lateranense; ejerce las funciones previstas por la legislación del Estado en materia de tutela del patrimonio cultural y respecto de las obligaciones internacionales, de conformidad con el art. 1, párrafo 4, de la Ley LXXI sobre las Fuentes del Derecho.
4. La Dirección propone y somete a la aprobación de los Órganos de Gobierno la adquisición de nuevas obras; realiza estudios, investigaciones y publicaciones científicas sobre el patrimonio artístico y cultural del Estado o que le haya sido confiado; elabora proyectos de reproducción, difusión y utilización económica.
(Artículo 14, de la Ley sobre el Gobierno del Estado de la Ciudad del Vaticano N. CCLXXIV del 25 de noviembre de 2018).