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DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIVIL

1. La Dirección de Servicios de Seguridad y Protección Civil se ocupa de la seguridad y el orden público, organiza y coordina la protección civil. Comprende la Gendarmería y el Cuerpo de Bomberos.

2. El Comandante del Cuerpo de Gendarmería está a cargo de la Dirección.

3. La Dirección lleva a cabo las actividades solicitadas por la Santa Sede, también en relación con la seguridad del Sumo Pontífice, en colaboración con la Guardia Suiza Pontificia.

4. En cumplimiento de su mandato y en aplicación de las directivas recibidas, la Dirección se ocupa de los medios necesarios para el ejercicio de sus funciones con las estructuras correspondientes de otros Estados u organizaciones policiales internacionales.

5. El Cuerpo de Gendarmería ejerce funciones y servicios policiales, mantiene el orden público, garantizando la seguridad de lugares y personas y la prevención y represión de los delitos en el Estado de la Ciudad del Vaticano y, dentro de su estatuto jurídico específico, en las zonas a que se refieren los artículos 15 y 16 del Tratado Lateranense.

6. El Cuerpo de Gendarmería, para las funciones de policía judicial y penal depende de la Autoridad Judicial del Estado según las normas del ordenamiento jurídico del Estado.

7. El Cuerpo de Bomberos garantiza la rápida intervención y prevención para proteger

la seguridad de las personas, los lugares y los bienes. El Cuerpo tiene encomendada la organización y coordinación de todas las actividades voluntarias de protección civil. El Cuerpo colabora con las demás Direcciones, para el ejercicio de sus respectivas funciones.

(Artículo 12, de la Ley sobre el Gobierno del Estado de la Ciudad del Vaticano nº CCLXXIV, de 25 de noviembre de 2018). 

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