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El Registro de Vehículos Vaticanos y sus competencias

Al Papa, la matrícula SCV número 1

La matrícula número 1 está reservada para el Pontífice, mientras que las otras 599 matrículas SCV están asignadas a los vehículos en circulación dentro del Estado de la Ciudad del Vaticano. Desde 1930, el Registro de Vehículos Vaticanos matricula los vehículos pertenecientes a la Gobernación y a los organismos de la Santa Sede. También emite los permisos de conducir exclusivamente a los ciudadanos y residentes en el Estado y gestiona el cobro del impuesto de circulación. De ello habla en esta entrevista Elena Montesi, del Registro de Vehículos Vaticanos.

¿Existe en el Estado Vaticano un Registro de Vehículos similar al de otros países?

La Ley Pontificia número II, titulada Ley sobre la ciudadanía y la residencia, promulgada el 7 de junio de 1929, estableció el Registro de Vehículos Vaticanos, que cumple las funciones específicas de Registro Público de Vehículos del Estado de la Ciudad del Vaticano. Siguiendo las directrices del Secretario General de la Gobernación, el Registro se encarga de la matriculación de los vehículos, de la expedición y renovación de los permisos de conducir vaticanos para los ciudadanos y residentes en el Estado de la Ciudad del Vaticano. Actualmente, el Registro está gestionado por la Oficina Jurídica de la Gobernación.

 

¿Cuáles son las particularidades de este servicio?

Además de cumplir las funciones de un registro de vehículos, el Registro de Vehículos Vaticanos se encarga de la expedición de los permisos de conducir vaticanos exclusivamente para los ciudadanos y residentes del Estado de la Ciudad del Vaticano. Se pueden convalidar permisos de conducir de cualquier país; sin embargo, para circular en Italia y en el extranjero, el documento vaticano debe ir acompañado de un Permiso Internacional de Conducir, válido por dos años. Tanto la licencia de conducir como el Permiso Internacional son expedidos por el Secretario General de la Gobernación.

Los ciudadanos y residentes pueden realizar el examen teórico para obtener la autorización para conducir en el Vaticano, recibiendo, al igual que en Italia, el denominado Foglio Rosa, que les permite realizar el examen práctico bajo la supervisión de un ingeniero autorizado.

 

¿A quién están reservadas las matrículas vaticanas y cuáles son?

Las primeras matrículas emitidas fueron las “SCV” (1930), hoy destinadas exclusivamente al uso institucional, ya que están asignadas a la Gobernación y a los organismos de la Santa Sede. Los primeros vehículos con matrícula SCV fueron los del garaje pontificio, es decir, los del séquito papal y los altos dignatarios.

La matrícula SCV 1, de color rojo, está reservada para los vehículos del Sumo Pontífice (papamóvil). Inicialmente, los vehículos de propiedad privada de ciudadanos vaticanos llevaban la matrícula EE (Escursionisti Esteri - Excursionistas Extranjeros); sin embargo, en 1988 se introdujo la actual matrícula CV.

Pueden obtener la matrícula privada CV los presidentes y secretarios de los dicasterios de la Curia Romana, los ciudadanos vaticanos, los órganos de gobierno y los directores de la Gobernación.

Las matrículas SCV y CV tienen diferentes tamaños: la más grande, que lleva un sello especial, debe colocarse en la parte trasera del vehículo, mientras que la más pequeña va en la parte delantera.

 

¿Puede proporcionarnos algunos datos, como el número de vehículos matriculados o la fecha de la primera matriculación?

Actualmente, circulan aproximadamente 600 vehículos con matrícula SCV y unos 300 con matrícula CV.

 

¿Se paga también el impuesto de circulación? ¿Existen incentivos para la renovación del parque automovilístico?

Desde hace un año, para reducir las emisiones de CO2, la Gobernación ha introducido alrededor de 40 vehículos eléctricos para el uso de diversas administraciones, dando inicio a una sustitución gradual del parque automovilístico.

Las matrículas de los vehículos dados de baja (desguazados o nacionalizados) deben ser devueltas al Registro de Vehículos Vaticanos, que, de acuerdo con la normativa vigente, se encargará de su destrucción.

Todos aquellos que tienen derecho a una matrícula vaticana, con excepción de los cardenales y algunas personalidades que gozan de exención, pagan el impuesto de circulación, mientras que la mayoría de los entes están exentos del pago de la validación anual.

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